Los restaurantes y bares de Canarias deberán registrar a sus clientes que coman en el interior

  • El servicio de comida en el interior de los locales deberá tener un registro que se deberá conservar un mes
  • El registro consta de los datos personales del cliente, tales como nombre y apellidos, DNI, teléfono, así como la hora de inicio y fin de la comida

 

Mediante resolución de 22 de abril de 2021, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueba la actualización de las medidas de prevención establecidas mediante Acuerdo de Gobierno de 19 de junio de 2020

Sanidad ha dispuesto que desde hoy y a los efectos de facilitar el seguimiento de contactos ante casos positivos de COVID-19, se llevará un registro de los clientes en los servicios de comida y cena en zonas interiores de restaurantes que incluya nombre y apellidos, DNI, número de teléfono y fecha y hora del servicio. Este registro se mantendrá a disposición de las autoridades sanitarias, durante un mes después del evento.

Sanidad indica que el dato recabado se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal, teniendo dicho tratamiento exclusivamente por finalidad el seguimiento, vigilancia y control epidemiológico del COVID-19.