El Cabildo de La Gomera debatió la segregación de una zona de Vallehermoso al Ayuntamiento de Arure (Valle Gran Rey) -1.926-

En la sesión que el día 20 del pasado mes de Abril celebró el Pleno del Cabildo Insular de la Gomera, se dio cuenta por el señor secretario del expediente instruido por el Ayuntamiento de Arure, a instancias de los vecinos de Valle Gran Rey, en solicitud de que se segregue una zona de Vallehermoso y sea agregada al término de Arure, que remite para informe el excelentísimo señor gobernador civil de la provincia con oficio fecha 14 del citado mes.

Después de haber sido examinado el expediente y la documentación que al mismo se acompaña, el consejero de Vallehermoso, don Sebastián Ascanio García, pidió la palabra y una vez que le fue concedida por el señor presidente, expuso:

«Que ante todo se veía en el ineludible compromiso de hacer a sus compañeros una breve reseña histórica del asunto que se debate entre el Ayuntamiento de Arure y el de Vallehermoso, a fin de que una vez posesionados de esos datos pudieran formar juicio completo del mismo y de las razones que ha determinado al pueblo que se honra en representar, para asumir la actitud contraria a que se mermara su capacidad territorial con la anexión de !a franja de terreno que ocupan en Valle Gran Rey los caseríos de Guada, Borbalan, Vueltas y Los Reyes, al término de Arure.

En tiempos anteriores, estos caseríos habitados por gran número de vecinos donde se ha desarrollado una gran riqueza, formaban parte del que fue término municipal de Chipude, quien por haber perdido quizás la capacidad económica y política allá por los años de 1854 en tiempos del reinado de Isabel II y no poder cumplir las obligaciones que las leyes le imponían debido tal vez a los graves trastornos que sufría en aquel entonces la vida interna de nuestra Patria, se decretó que el municipio fuera incorporándose al de Vallehermoso.

Desde entonces, en el Ayuntamiento viene administrando los Intereses de todo aquel numeroso vecindario que había perdido su personalidad jurídica municipal.

Como veis, el pueblo de Chipude, constituía el séptimo de los Ayuntamientos existentes en esta Isla, que se hizo desaparecer de derecho por virtud de Real disposición a que me he referido, pero no de hecho, ya que existe el territorio con sus habitantes, y éstos con sus aspiraciones y deseos muy arraigados en sus corazones de volver a surgir a la vida colectiva por la esperanza que tienen de ser ellos mismos en día no lejano, los que se gobiernen y rijan sus propios destinos locales.

Estos deseos tan simpáticos y legítimos de los hijos de Chipude, los hicieron conocer al Ayuntamiento de Vallehermoso en escrito que obra en el expediente de que se trata. Con tal motivo, haciendo suyos el Ayuntamiento de Vallehermoso los sentimientos de los hijos de Chipude acordó unánimemente rechazar la preterición del de Arure y de algunos habitantes de los caseríos mencionados.

Yo, como hijo de Vallehermoso, en cuyo nombre hablo, y como alcalde actualmente de aquel pueblo, declaro que me opongo a la segregación qué pretende llevar a cabo Arure, puesto que ello Imposibilitarla el resurgimiento del pueblo de Chipude a la vida municipal, como es su deseo, al ser como es lo más rico y próspero de todo su territorio y formar lo que pudiera decirse su frontera marítimo terrestre.

Vallehermoso, en suma, se concebía en algo así como un depositarlo de aquel extinto Ayuntamiento, y en su deseo el conservarlo en toda su integridad, para devolverlo el día de mañana a sus propios hijos.

Nuestra condición de representantes legales de los habitantes de Chipude nos obliga a ello a ello, y por estas razones pido a mis compañeros acuerden Informar este expediente reconociendo la no procedencia de esa segregación. Y por si acaso la opinión de ustedes es distinta a la mía, pido se haga constar en acta mi voto particular en contra de la pretendida mutilación del territorio que formó el antiguo término de Chipude.»

Concedida la palabra al. Sr. Bento Casanova, expuso que no pueden tenerse en cuenta los fundamentas históricos del señor Ascanio. completamente ajeno al caso, porque resulta probado en el expediente, y no ha sido negado por el señor Ascanio en dicha sesión a pesar de su calidad de alcalde de Vallehermoso, la realidad de la vida común de las familias, colindancia de las casas y el disfrute compartido de los servicios de que nos habla el artículo 19 del Estatuto Municipal, así como el haberlo solicitado la mayoría de los vecinos de la porción que se Intenta segregar, y además no pierde categoría, fuentes de riqueza pública, ni aprovechamiento de bienes comunales ni patrimoniales, pues queda con extensión, riqueza y población, para seguir figurando como el primero de la isla de La Gomera el de Vallehermoso, y estima debe Informarse en el sentido de que se acceda a la segregación a favor del termino de Arure.

Los consejeros señores Chinea Negrín, Mendoza Fragoso y Ayala Trujillo, hacen uso de la palabra por su orden, y se expresan en idéntico sentido que el señor Bento Casanova, demostrando con la repetida lectura del expediente que la oposición del Ayuntamiento de Vallehermoso es infundada.

Y después de una amplia discusión, la presidencia ordenó la votación del informa, verificada la cual, resulto que votaron en pro de ¡a segregación los señores Armas Fernández, Bento Casanova, Mendoza Fragoso, Padilla Fernández, González Castro, Fernández Negrín, Ayala Trujillo, Chinea Negrín y Fragoso Bencomo, y en contra el consejero señor Ascanio García.

Quedó acordado pues, que se informe en el sentido de que procede acceder a la segregación solicitada por la mayoría de los vecinos de Guada, Borbalan, Vueltas y Los Reyes, en Valle Gran Rey, y su segregación al término municipal de Arure, por aparecer debidamente justificado en el expediente Ion requisitos que exige el artículo 10 del Estatuto municipal, y haberse guardado en la tramitación del expediente todas las prescripciones legales pertinentes al caso, y que la oposición de Valle hermoso, carece de fundamento legal.

La Gaceta de Tenerife, 14 de mayo de 1926

Foto de www.manoloramos.es Guada, 1953

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