«Es necesario que vele V. S. para que no se cometan los abusos que puedan surgir de la acción de las Corporaciones o Autoridades que han de intervenir en las elecciones, promoviendo ante los Tribunales, contra los autores de los que V. S. no haya podido evitar, las acciones que procedan.»
(*De la Real orden Circular de Agosto, con el programa del Gobierno.)
El precepto es tan rotundo, que no deja lugar a ninguna clase de dudas.
El poder central ordena a sus representantes en la administración provincial que velen por evitar los abusos electorales que puedan cometer las autoridades y corporaciones, y que en caso de que éstas o aquéllas, olvidando sus deberes y prestigios, se dejen arrastrar por pasiones de política, claudicando en el ejercicio de sus funciones y abusando del poder que la ley coloca en sus manos, se les entregue a la acción de los tribunales de justicia.
La recomendación — mejor dicho la orden gubernamental — es más clara que la luz del día, y su observancia debe ser exacta e inflexible, para lograr así que ni una mancha, ni el más leve asomo de duda pueda caer sobre las pasadas elecciones, que debieron ser más puras é inmaculadas, que el albo armiño, a juzgar por las instrucciones del Gobierno en su famoso programa-manifiesto que preconiza el reinado de la sinceridad electoral…
¡Pobre sinceridad, virgen y mártir, canonizada por los pontífices electorales, é inclusa en el martirologio político, desde que muriera martirizada por los amaños y habilidades de trampolín en la última escaramuza electoral!….
Aquí, en Canarias, una autoridad, un alcalde constitucional, un jefe de Administración local, un representante del Municipio, un encargado por la ley de velar por el bienestar del procomún y de la observancia de la ley, atropella de manera arbitraria a un Notario público, y extralimitándose en el uso de sus atribuciones llega hasta el límite del escándalo reduciéndole a prisión, é incomunicándole, cual si se tratara de un criminal empedernido….
¡El bastón de autoridad del alcalde, de Agulo transformado por virtud de su autocrática voluntad en vara de carcelero!….
¡Qué prestigio y qué honor para su cargo!…. Bien podemos decir que el monterilla gomero ha querido parodiar al célebre monarca francés, exclamando «¡el estado soy yo!»
El alcalde de Agulo ha usurpado atribuciones que no le competen: el alcalde de Agulo ha incurrido en responsabilidad criminal por detención arbitraria; el alcalde de Agulo ha atropellado el prestigio y el decoro de un funcionario público, y, por ende, el de la alta, noble y respetable institución que éste representa; el alcalde de Agulo ha pisoteado derechos sacrosantos creados al amparo de las leyes; el alcalde de Agulo ha vulnerado las más recientes disposiciones que garantizan y amparan el ejercicio del notario; el Alcalde de Agulo ha desobedecido las disposiciones del Gobierno, que le ordena amparar los derechos de los electores y defender la verdad del sufragio, desde el momento en que impide a un depositario de la fe pública que testifique de la verdad de la elección; el alcalde de Agulo en los siglos medioevales, hubiera sido un señor feudal de horca y cuchilla; en este de las luces no pasa de ser un cacique rural!…
Nuevamente recordamos este hecho al Sr. Sáenz Marquina, y estamos seguros que cumpliendo con lo dispuesto en la Real orden de 16 de Agosto, promoverá ante los Tribunales las acciones que procedan contra el alcalde de Agulo; autoridad que, con su acción, ha cometido abusos por su actos e intervención en las elecciones.
Y decimos que estamos seguros que así lo hará el Sr. Sáenz Marquina siquiera no sea más que para borrar cualquier asomo de duda, o sospecha maliciosa, que erróneamente induzca a creer que no ha velado con el acucioso cuidado que le recomendara el Gobierno, para evitar estos escándalos y atropellos electorales.
SANTA CRUZ DE TENERIFE, MIÉRCOLES 20 DE SEPTIEMBRE DE 1905, DIARIO REPUBLICANO EL PROGRESO